
30-06-2017, 00:58
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Re: Aclaracion de Capitanía Zona 5.
Cita:
Originalmente publicado por papaventos
Bueno, pues son ánimo de polémica, pero constructiva:
La interpretación que haces cabría, con dudas que no voy a introducir ahora, dentro de lo que se denomina interpretación gramatical o semántica de la norma. Pero la interpretación debe hacerse de una forma que se denomina sistemática, en la que hay que tener en cuenta no sólo la gramatical.
Debe tenerse también en cuenta la interpretación teleológica, atendiendo fundamentalmente al espíritu y finalidad de la norma, ya que las normas como todo el derecho, no son un fin en sí mismas.
Y aquí es dónde no cabe esa interpretación de capitanía, porque si soy capaz de poner el dibujo, la interpretación que propones significaría que se puede ir desde el puerto A, al C, pero parando obligatoriamente en el B, no vale con pasar a media milla del B, hay que parar en él y volver a zarpar, y eso está fuera de toda lógica, está contra el espíritu y la finalidad de la norma.
Un saludo
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El problema es la interpretación que algunos hacen de lo que es un abrigo...una playa no es un abrigo ni un refugio , eso es una interpretación extensiva que excede la palabra de la ley
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