Cita:
Originalmente publicado por Drago
Gracias Magallanes
Al ser entre particulares yo había pensado hacer un contrato de compraventa, pero lo de la factura no veo cómo (o se sustituye por el contrato).
Yo creía que la baja tenía que pedirla el vendedor que es el que tiene registrado el barco. Y para acreditar la propiedad en el momento de la venta, le puedo pedir una copia del Registro en vigor. Luego ya se pide la baja en dicho Registro. ¿Puede valer así?
Para el tema de la empresa te mando un privado.
Un saludo y unas birras  (para mí una jarra de tila)
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El formato es Bill of Sale y lo tienes en el mismo sitio web del Small Ship Register. El pago mediante giro postal, acompañando copia del resguardo y la solicitud (cuyo modelo tambien lo tienes en la web). Todo esto, si lo tienes relleno con esos impresos es pan chupado. Lo mandas por correo (yo lo anticipe por fax y recibi la baja em menos de una semana).
Ojo con un detalle: El SSR NO es prueba de propiedad y asi te lo indican claramente en su web, asi que si el barco esta embargado o es propiedad de varios es otra historia. Normalmente, el propietario suele tener un documento con un sello de lacre del fabricante-importador.
Asi es como yo lo hice.