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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Salud y birras... !!!
Hola a todos... sigo dale que te pego con la idea de comprar barco .. .. (lo del amarre.. ya se solucionara..!! ).. en fin.. que viendo y mas viendo... me preveo que al final casi que seguro que sera un barco de bandera francesa... .. el caso es que de lo que busco.. abunda mas y mas variado por aquellos lares que por estosd y claro, me preguntaba que ocurre entonces...???Es necesario cambiar el barco a bandera española.. o se puede seguir navegando bajo pabellon frances...???.. Te dejan navegar en aguas españolas con pabellon frances sin mas o las capitanias te ponen pegas..??? Supongo que en francia tienen sus reglamentos.. (revisiones , impuestos, etc ) que habra que seguir manteniendo al dia..no?? El seguro.. como leches lo hago ??? Ganara el Atleti la liga ??? en fin... que pensais vosotros ... ![]() |
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#2
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Celebro que quieras comprarte un barco. Si al final lo haces y encima navegas con él, la cosa ya puede ser perfecta.
A tus preguntas, el barco lo tienes que abanderar en España, te guste o no (supongo que eres español, no?). Respecto a los requisitos de Francia, no te preocupes, allí están por menos tonterías (debe ser que no entienden de eso de la náutica de recreo ) y te darán enseguida lo poco que necesitas. Otra cosa es cuando caigas en la tediosa, complicada y cara burrocracia nuestra.Yo lo hice personalmente y tampoco la cosa es tan complicada (aunque encontrarás gestorías que te describirán un mundo imposible).
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Buena proa! |
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#3
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Cita:
yo tambien lo hice y es asi. ![]() |
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#4
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Entiendo que definitivamente sera obligatorio... (parece que esto de estar en la Comunidad Europea.. no ayuda.. no.. .. no entiendo desde luego que con tanta integracion no puedas tener un barco de bandera comunitaria...y probablemente tambien pase lo mismo con los coches..)Respecto a lo de los papeles.. gracias.. por un momento llegue a pensar que me seria mas facil hacerme yo frances que pasar la bandera a española.. "Por evitar burocracia española, Español honrado y trabajador se ofrece para ser frances "...(este seria el anuncio en prensa..) |
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#5
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Estimados cofrades; Estoy metido de lleno en conseguir el cambio de bandera para mi embarcación. Al tener más de 15 años me piden que presente un proyecto elaborado y firmado por tecnico competente que demuestre que la embarcación cumple con lo establecido en la Orden FOM/1144/2003 y normas UNE.
Me podría decir alguien si conoce algún tecnico que pueda realizar el proyecto y que sea económico?? Muchas gracias e iros tomando unas copas a nuestra salud ![]() |
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#6
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Hola cofrade,
unas copitas .Yo conozco en barcelona dos sitios donde te lo pueden hacer, uno es isonaval (que para mi calidad precio es lo mejor) o pronave. Saludos |
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#7
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Perdón que me entrometa, pero quisiera aportar algo al respecto. Tengo un velero de acero de bandera francesa y estoy por comprar uno de aluminio de bandera alemana. El tema de la bandera es el siguiente, el de bandera francesa, para mantener dicha bandera, solo es requisito tener algún contacto en Francia que te haga como una especie de certificado de padrón, como que al menos vivís allí una temporada al año y con eso preservás la bandera, caso contrario la perderás.
Los requisitos son casi nulos a diferencia de tenerla bajo bandera española, por ello cuando salí a navegar con mi barco, antes de tener esta bendita temporada eterna en varadero, fui abordado por la lancha de la Guardia Civil, pues dicen que era sospechoso ver por las cercanías de Puerto Siles un velero de bandera francesa y como unico tripulante, un argentino, pero si tienes la documentación, no hay ningún problema, así que espero que eso no te detenga si lo que en verdad quieres es navegar. Suerte y que tengas muchas millas por delante con tu nueva compañera. ![]() |
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#8
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Cita:
![]() A ver quien me lo aclara... - En virtud de que norma o requisito, estando en la comunidad un buque debe tener la bandera española.. (pls sed explicitos.. se trata de buscar un hueco en la norma). - Que pasaria si el bueque (bandera francesa) esta a nombre de una sociedad francesa y lo "conduce" por asi decirlo un español...y este amarrado todo el año en españa..?? Europa=Libre circulacion de personas y capitales... donde está la pega ???? |
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#9
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Cita:
.. pero es que los carnavales de Cadiz parece que se han tragado a los entendidos en esto... alguien sabe de estas cuestiones ????![]() ![]() ![]() |
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#10
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Tengo un familiar que se ha comprado una casa en C. Rica. Como extranjero le ponían trabas, de modo que abrió una sociedad limitada de nacionalidad costarricense. Ahora la que compra la propiedad es su sociedad nacional costarricense cuya declaración de actividad económica anual es 0 y se acabaron las trabas, en el tema del barco tal vez tengas problemas por los impuestos, pero no sabría decirtelo, no soy abogado. Tal vez debieras hablar con un abogado que ejerza en Francia para que te de opciones o recobecos legales, puede que te salga más barato que cambiar la bandera y puede que llegue a ser más práctico con el tiempo para futuros temas legales. En cuanto a que seas español llevando un barco de pabellón francés...no le veo ninguna pega.
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Cuando cruzo una calle de un solo sentido, miro a ambos lados. Esa es la fé que tengo en la sociedad. sdk.
Editado por sundancekid en 03-02-2008 a las 17:47. |
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#11
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El problema es que no traten de complicar las normas existentes, o mejor dicho, no las compliquen pues ya lo son de por si. Aclaro, el barco tiene bandera de un país comunitario, con lo cual no está obligado a salir de aguas jurisdiccionales cada 6 meses, sino que debe cumplir las normativas vigentes de la bandera a la cual responde su inscripción.
Al ser de bandera francesa, no necesita cumplimentar los trámites de ITB, y pagar los impuestos que se pagaría por estar en España, aunque como bien saben, parte de esos impuestos están incluidos en las amarras. Lo importante es, de querer preservar la bandera, ver las normas que hay que cumplir para poder hacerlo. En cuanto a tenerla de bandera francesa, para que en el consulado te la preserven y puedas hacer el cambio de titularidad en el libro de francesación del barco, (asi se le llama), es un librito rojo con los datos desde el primer hasta el actual propietario, características técnicas, medidas y otras cuestiones, te exigen que debés estar empadronado en Francia, cosa que se puede hacer si tienes algun amiguete que te haga ese favor y te extienda ese certificado, con lo cual ya tienes el 80 % del trámite cubierto. Ahora solo me resta averiguar los trámites que necesito para preservar un velero de bandera alemana, pues esa será, si Dios quiere mi próxima adquisición, así que los que deseen contribuir con prácticas de navegación, aprender o mejorar sus experiencias con navegación con mal tiempo, o cualquier otro factor que les interese, pondré este barco y mi modesta experiencia a los efectos de poder pagar la hipoteca de este nuevo velero y para alistar a mi querido Tomara. Lo mejor para averiguar los trámites para mantener los abanderamientos radica en moverse por los consulados o embajadas de la bandera a cuyo barco responde. |
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#12
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Cita:
NORMA QUE ESTABLECE LA OBLIGACION DE MATRICULAR/ABANDERAR: Una Disposicion Adicional, creo que la 3ª, de la Ley de Impuestos Especiales. Establece claramente la obligacion de abanderar las embarcaciones "destinadas a ser utilizadas por personas residentes o con establecimiento permanente en España" (pongo comillas, aunque cito de memoria y pueden no ser exactas las palabras, pero el contenido si es exacto). Es decir, que un frances, o aleman, o filipino, si es residente fiscal en España (o si es una empresa, si tiene un establecimiento en España) tiene que matricular el barco para poder navegar por aguas jurisdiccionales españolas. Y, a estos efectos, se te podra considerar residente si caes en cualquiera de estos supuestos: - que pases ten territorio español 183 dias al año. - que tengas tu base de intereses familiar, empresarial, etc. en territorio español (por ejemplo, si tienes hijos que van al cole, olvidate; si tu negocio esta aqui, tambien; si eres empleado, ya no digamos; etc.) En definitiva, solo te sirve el mantener la matricula extranjera si cuela que tu vives en otro pais y entras en territorio español de vacaciones. Y una salvedad mas: al pensar sobre el tema muchos se confunden y creen que el que juzga y decide es el guardia civil o aduanero de turno. En mi opinion, salvo que estes en algun "semi-paraiso fiscal peninsular" como los que comento en el parrafo siguiente (no me refiero a Gibraltar) el GC de turno te conocera en seguida y no tardara en pararte, pedirte los papeles y dar parte a la aduana (es decir Hacienda) y a Capitania. Entonces sera Hacienda quien, con sus medios omniscientes, podria probar facilmente que tu no eres un residente frances que viene de turismo. Y en definitiva, seria frente a Hacienda y Capitania que deberas demostrar lo contrario: - frente a Hacienda, recurriendo la liquidacion de impuestos y sancion que te van a meter mediante un recurso (primero administrativo y luego en via judicial, concretamente la via contencioso-administrativa) (esto se regiria por la normativa fiscal aplicable: Ley General Tributaria, la mencionada Ley que establece el impuesto de matriculacion, la Ley del IVA si el barco viene de fuera de la UE, etc.) - y frente a Capitania para impugnar la inmovilizacion del barco hasta que lo matricules y abanderes debidamente, y seguramente la sancion (que legalmente puede ser descomunal -de hasta 120.000 €, creo recordar-). Esta impugnacion frente a Capitania sera tambien en via administrativa primero y contencioso-administrativa despues. Y la normativa aplicable seria la Ley de Puertos del Estado (que es la que regula las sanciones por no matricular/abanderar) y sus reglamentos. Finalmente, lo de los "semi-paraisos fiscales". En algunos hilos sobre estos temas algunos cofrades han comentado que en su zona (creo que uno de Malaga lo dijo) cantidad de españoles residentes navegan con sus barcos con banderas europeas y nunca nadie les ha dicho nada. Alguien de Valencia tambien me dijo que alli no pasa nada. Hasta el punto que la gente se piensa que es legal y que es por lo de la libre circulacion de bienes y personas de la Union Europea, etc. ESTO ES FALSO! DEBERIA SER ASI PERO NO LO ES. Si en esos sitios no pegan palos a los armadores de barcos con banderas europeas no es porque la normativa lo permita. Es, simplemente, porque la GC, Aduanas, o quien sea, pasan de aplicar la Ley (sea por desidia, por tener ordenes "de arriba" de hacer la vista gorda, por corrupcion, o por lo que sea). Por ejemplo, ni se te ocurra navegar en la zona de Barcelona con un barco sin abanderar: tardaras muy poco en tener un paquete monumental. La verdad es que en este aspecto el Estado español se comporta ilegalmente, para proteger un impuesto ilegal (el Impuesto de Matriculacion, que es contrario a la normativa europea y que España se saco de la manga cuando la Comunidad europea le obligo a suprimir el tipo agravado del IVA, creo que era el 33%, que se aplicaba a embarcaciones, vehiculos, productos de supuesto lujo, etc. Fue una burla de trilero a la legislacion europea, pero de momento -mientras no sea declarado ilegal- de momento esta alli. Saludos y unas rondas ![]() Editado por Capità Drake en 03-02-2008 a las 21:02. |
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#13
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Uhmmmmmm, lo único que yo tengo claro es que tuve que pagar un impuesto de transmisión de bienes creo que era, o algo por el estilo, pero ese impuesto se paga sobre el precio que se fije a los efectos por ley, es decir, yo lo pagué por un valor declarado de 6000 € que fue a lo que se presentó a hacienda el valor de compra de la embarcación.
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#14
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Cita:
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#15
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Cita:
![]() .. Gracias.. gracias.. es una respuesta elaborada y correcta.. gracias !!.. es un placer hablar con quien sabe de lo que habla y ademas, sabe explicarlo.. Por lo que veo poca escapatoria cabe (maxime cuando habla de "Uso o disfrute"), ya que aun albergaba alguna tactica tipo "sociedad propietaria en francia" o algo similar... No es que los requisitos españoles me espanten, aunque sean para dar espanto, sino que ademas la maquinaria burocratica es terrible... |
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#16
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Entonces...¿entiendo que un alemán o un francés sí pueden ser propietarios en sus países de un barco con bandera española? porque si es así, la cosa es de traca.
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El Capitán no es el Capitán el Capitán es el mar. (Jesús Lizano) ![]() ...NO CREAS TODO LO QUE PIENSAS... |
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#17
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Respecto a la 5ª pregunta, la respuesta es " NO "
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N 43º33´9628 W 007º15´3573:
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